lunes, 9 de enero de 2012

Becas de formación del Instituto Nacional de Consumo

Resolución de 2 de noviembre de 2011, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se convocan becas de formación en materia de investigación y control de calidad de los productos de consumo, en el Centro de Investigación y Control de la Calidad, para el ejercicio 2012.

Convocatoria:
Se convocan en régimen de concurrencia competitiva tres becas destinadas a promover la formación de titulados superiores en materia de consumo, con arreglo a las bases reguladoras establecidas por la Orden SCO/128/2008, de 24 de enero.

Objeto de las becas:
El objeto de las becas convocadas es la formación teórica y práctica de especialistas en materia de investigación y control de calidad de los productos de consumo para titulados superiores en las especialidades que se contemplan en la Orden SCO/128/2008, de 24 de enero, mediante un programa de tutorías realizadas en el Centro de Investigación y Control de Calidad (CICC), consistente en el estudio o realización de actuaciones técnicas, dentro de las áreas especificas de actuación del Centro, incluida la realización de análisis de muestras, elaboración de protocolos normalizados de trabajo y colaboración en la puesta a punto de nuevas técnicas y métodos analíticos para productos industriales y alimentos.

Requisitos de los beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta orden todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser de nacionalidad española, ciudadanos de algún Estado miembro de la Unión Europea, signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como, los extranjeros residentes legalmente en España, de conformidad con las previsiones del artículo 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
b) Tener una edad no superior a los treinta años.
c) Estar en posesión del título de licenciado en Ciencias Físicas, Químicas, Biología, Biotecnología, Ingeniería Industrial y en cualquier otra ciencia experimental o enseñanza técnica relacionada con las tecnologías de los alimentos y de los productos o servicios de uso y consumo.
d) No haber disfrutado anteriormente de una beca de estas características del Instituto Nacional del Consumo.
e) No padecer enfermedad o impedimento físico o psíquico que le imposibilite para el cumplimiento de sus obligaciones como becario.
f) No estar incursos en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Financiación, cuantía y duración:
Las becas convocadas mediante la presente Resolución se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 26.102.492O.484 de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2011.
Su concesión queda condicionada a la existencia en la partida presupuestaria a que se refiere el apartado anterior de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
La cuantía individualizada anual de cada beca, determinada mediante la distribución de la dotación anual del crédito disponible entre el número de becas convocadas, asciende en el citado ejercicio a la cantidad de 10.610 euros, abonándose por meses vencidos, previa certificación del correspondiente tutor, que acredite el fiel cumplimiento de sus respectivas obligaciones. Esta cuantía individualizada se incrementará en el caso de prórroga a un segundo año, en el porcentaje que se autorice en los presupuestos generales del Estado en la aplicación presupuestaria correspondiente.
El becario deberá suscribir una póliza de seguro de enfermedad y un seguro de accidentes, en el caso de no estar cubierto por la Seguridad Social o por un seguro privado.
Las becas tendrán, como máximo, duración anual, iniciándose desde el instante de la resolución, prorrogable a un segundo año mediante resolución motivada del Presidente del Instituto Nacional del Consumo, previa fiscalización de la Intervención Delegada y evaluación de la labor realizada por la Comisión de Selección designada, y siempre que exista dotación presupuestaria en el citado ejercicio.

Forma y plazo para la presentación de las solicitudes y la documentación:
1. Los interesados dirigirán sus solicitudes, de acuerdo con el modelo de instancia que se incluye como anexo I, al Registro del Instituto Nacional del Consumo, en la calle Príncipe de Vergara, 54. 28006 Madrid, o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El modelo de solicitud está también disponible en la dirección www.consumo-inc.es de Internet.
2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

No hay comentarios:

Publicar un comentario